
Procesaron con prisión preventiva a un santiagueño que estaría vinculado a ISIS
El vecino del barrio Industria fue detenido a inicios de junio. Realizó búsqueda sobre recursos para fabricar un explosivo.
La investigación la inició el FBI (Federal Bureau de Inteligencia) y develó que una persona de Santiago del Estero, a través del sistema de mensajería Telegram, realizó búsquedas sobre recursos para la fabricación de un componente explosivo y se encontraba activo en redes sociales de facilitación de atentados del Estado Islámico (ISIS por sus iniciales en inglés), lo que se consideró que podría representar una potencial amenaza.
Asimismo, se estableció que el sospechoso tiene varios “amigos” con nombres de Medio Oriente y que posee dos fotos de perfil, una se trata de la bandera del grupo terrorista ISIS y la otra de un “guerrero de ISIS”.
El hecho generó la intervención del personal de la Unidad de Investigación Antiterrorista de la Policía Federal Argentina, que determinó que el sujeto se domiciliaba en la calle Tenencio Morini del barrio Industria de la ciudad Capital santiagueña, donde reside con su hermana y dos sobrinos.
Con una orden de la Justicia Federal de Santiago del Estero, solicitada por la Fiscalía Federal, se concretó el allanamiento el 7 de junio último, ocasión en la que detuvieron a Daniel Antonio Agüero.
El hombre de 54 años fue imputado de los delitos de “tenencia de materiales explosivos, y organización y/o tomar parte en agrupaciones permanentes o transitorias que tuvieren por objeto imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor (artículo 213 del Código Penal)”.
Del análisis realizado por el Juez Federal Nº 1 de Santiago del Estero, Dr. Guillermo Molinari, se desprende que, “si existe una agrupación de personas que tienen como objeto social imponer de manera antidemocrática sus pensamientos o ideologías en desmedro de la ajena y si para cumplir con ese propósito recurren al expediente de la violencia o el temor, entonces dicha conducta asociativa generará una alarma social y temor frente al libre ejercicio de libertad de expresión”.
Temor público
“Por lo general, estas agrupaciones o asociaciones recurren a la violencia verbal o a la exacerbación de prejuicios basados en cuestiones ideológicas, raciales o religiosas; que las conductas que tipifica el Art. 213 del citado cuerpo legal, es el solo hecho de pertenecer a esas asociaciones, cuyo objetivo principal o accesorio es imponer sus ideas causando temor público, mediante el uso de fuerza o violencia, siendo este accionar el que justifica su represión, a los fines de resguardar el orden público. Esta figura, constituye un delito doloso, requiere el dolo directo, y su consumación tiene lugar con la mera integración de una asociación o bien la organización de la misma”, destacó.
En este sentido, afirmó que “del análisis de sus posibles redes sociales —Facebook y del propio perfil de Telegram— se desprende que efectivamente posee imágenes que lo vinculan con dicha organización”.
En consecuencia, el magistrado resolvió procesar y dictar la prisión preventiva de Daniel Antonio Agüero como presunto autor del delito previsto y penado en el Art. 213 del Código Penal. Asimismo, dictó la prisión domiciliaria del imputado, teniendo en cuenta sus problemas de salud, y el embargo de sus bienes por la suma de $ 300 mil.
El delito prevé una pena de hasta ocho años
El delito que se le endilga al vecino del barrio Industria prevé una pena de hasta 8 años de prisión. El artículo 213 bis del Código Penal reza: “Será reprimido con reclusión o prisión de tres a ocho años el que organizare o tomare parte en agrupaciones permanentes o transitorias que, sin estar comprendidas en el artículo 210 de este código, tuvieren por objeto principal o accesorios imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor, por el solo hecho de ser miembro de la asociación”.